La forma de circular cambia desde este jueves 1 de octubre. Entra en vigor la mayor parte de la reforma del Reglamento General de Circulación aprobada mediante el Real Decreto 518/2026, una modificación que pone especialmente el foco en los usuarios más vulnerables de las carreteras y las calles: peatones, ciclistas, motoristas y usuarios de vehículos de movilidad personal (VMP), como los patinetes eléctricos. Las nuevas reglas serán de aplicación también en los municipios de la Marina Alta y obligarán a prestar atención a situaciones habituales tanto en las carreteras de la comarca como en los desplazamientos urbanos.
Uno de los cambios más destacados afecta precisamente a los patinetes eléctricos. Desde este 1 de octubre se establece una edad mínima de 15 años para conducir un VMP y será obligatorio utilizar el casco correctamente abrochado. Además, por la noche o cuando las condiciones reduzcan sensiblemente la visibilidad, sus usuarios deberán llevar al menos un elemento luminoso o reflectante que permita que sean vistos desde una distancia mínima de 150 metros. Los profesionales que trabajen desplazándose en patinete deberán utilizar, además, chaleco reflectante de alta visibilidad en todo tipo de vías. Los VMP continúan sin poder circular por autopistas, autovías ni travesías.
Los ciclistas también protagonizan buena parte de la nueva regulación. En vías interurbanas desaparecen las anteriores excepciones al uso del casco, que pasa a ser obligatorio, mientras que los profesionales que trabajen sobre una bicicleta deberán llevarlo también en vías urbanas y travesías. En ciudad, las bicicletas circularán preferentemente por el centro del carril, y los vehículos a motor que circulen detrás deberán mantener una distancia mínima de cinco metros. Los ayuntamientos podrán además permitir, mediante la correspondiente señalización, que las bicicletas circulen en ambos sentidos por determinadas calles de un único carril limitadas a 30 km/h o menos.
También deberán cambiar algunos hábitos de los conductores cuando adelanten a bicicletas y otros usuarios vulnerables fuera de poblado. Además de mantener una separación lateral mínima de 1,5 metros, el vehículo tendrá que reducir su velocidad al menos 20 km/h respecto al límite de la vía durante la maniobra. Si la carretera dispone de más de un carril por sentido, será obligatorio efectuar un cambio completo de carril. Una precaución similar se incorpora al pasar junto a vehículos inmovilizados por avería, accidente o servicios de asistencia: habrá que dejar al menos 1,5 metros y reducir también la velocidad en 20 km/h respecto al límite existente.
Las novedades alcanzan igualmente a motocicletas y ciclomotores. Conductores y pasajeros deberán utilizar guantes de protección en vías interurbanas y calzado cerrado que cubra todo el pie en cualquier tipo de vía. Además, se podrá habilitar la circulación de motocicletas por el arcén derecho cuando exista congestión, pero únicamente en tramos expresamente señalizados, en fila de uno y sin superar los 30 km/h. Las motocicletas deberán llevar también entre su dotación un chaleco reflectante para utilizarlo cuando el conductor tenga que abandonar el vehículo y ocupar la calzada o el arcén en una vía interurbana.
La reforma incorpora además cambios que afectarán al tráfico cotidiano más allá de bicicletas, motos o patinetes. Se reducen las excepciones al uso del cinturón de seguridad, se regulan por primera vez de forma específica algunas condiciones de estacionamiento de las autocaravanas y se refuerzan las medidas de protección de los peatones y los entornos de colegios, hospitales y centros de mayores. El nuevo Reglamento incorpora así un título específico dedicado a la circulación urbana con el objetivo de adaptar las normas a una movilidad en la que conviven cada vez más vehículos y formas diferentes de desplazarse.

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